Juárez presenta claramente las dos caras de la cuestión. Por un lado, justifica las propuestas para modificar el código de procedimiento guatemalteco, que contempla la definición de sentencias civiles en cincuenta días útiles desde el inicio del caso (con la consiguiente responsabilidad, salvo algunas excepciones, para los órganos judiciales que no respetan este plazo). Por otro lado, sin embargo, recuerda enérgicamente que los juicios civiles deben llegar a determinar la verdad sustancial de los hechos. Él valora el método de la oralidad (en la tradición más genuina de juristas como Klein y Chiovenda), pero de una manera innovadora, sugiriendo el uso de herramientas tecnológicas apropiadas.
Paolo Biavati
Profesor catedrático de la Universidad de Bolonia